#ElPerúQueQueremos

Indecopi sanciona al Colegio de Abogados

Por haber presentado, presuntamente, información falsa durante investigación

Publicado: 2018-11-27

La Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi decidió iniciar un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) contra el Colegio de Abogados de Lima (CAL), por haber presentado, presuntamente, información falsa durante investigación realizada por la autoridad sobre los derechos de tramitación para el procedimiento de incorporación ante su orden.  

Como parte de las actividades de investigación y supervisión que realiza la Secretaría Técnica de la CEB, esta solicitó al CAL remitir determinada información relacionada a las nuevas tasas aprobadas para el procedimiento de incorporación ante su orden bajo las modalidades grupal e individual, por un monto ascendente a S/ 1 200.71 y S/ 2 055.70, respectivamente; difundida a través de su portal web institucional mediante el documento denominado “Requisitos de Incorporación 2018”.

Durante la etapa de investigación, el CAL dio respuesta a lo solicitado, presentando una estructura de costos que sustentaría los derechos de tramitación señalados anteriormente, aplicando la metodología establecida por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), mediante el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM.

Como resultado del análisis efectuado a la estructura de costos presentada por el CAL, la Secretaría Técnica de la CEB verificó que dicha entidad incluyó, como parte de los costos del procedimiento de incorporación ante su orden en ambas modalidades, los servicios de fotografía, filmación, álbum de fotografía y video de graduación.

Sin embargo, es importante indicar que, en la práctica, dichos servicios constituyen un pago adicional e independiente de los derechos de tramitación por concepto de incorporación ante la orden del CAL.

Por ello, la Secretaría Técnica de la CEB llevó a cabo una inspección en las instalaciones del CAL con la finalidad de verificar si dicha entidad incluía o no los servicios de fotografía, filmación, álbum de fotografía y video de graduación dentro de los conceptos de incorporación ante su orden.

Como resultado de dicha diligencia, se constató que el CAL no incluía los referidos servicios como parte de los derechos de tramitación para el procedimiento de incorporación ante su orden para ninguna de sus modalidades.

Por este motivo, la Secretaría Técnica de la CEB decidió iniciar un Procedimiento Administrativo Sancionador contra el CAL por una presunta infracción al artículo 5 de la Ley sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi (Decreto Legislativo N° 807), debido a que existen indicios suficientes que harían presumir que dicha entidad habría presentado información falsa que sustenta la estructura de costos de los derechos de tramitación del procedimiento de incorporación ante su orden, la cual es relevante en la investigación que se viene llevando a cabo actualmente respecto de que si tales cobros de colegiatura han sido determinados en función al costo de la prestación del servicio.

Es importante precisar que, en casos como este, la CEB puede aplicar sanciones que van desde una multa de 01 UIT hasta las 50 UIT (unidades impositivas tributarias).


Decreto Legislativo Nº 807, Ley sobre facultades, normas y organización del Indecopi Artículo 5.- Quien a sabiendas proporcione a una Comisión, a una Oficina o a una Sala del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual información falsa u oculte, destruya o altere información o cualquier libro, registro o documento que haya sido requerido por la Comisión, Oficina o Sala del Tribunal, o sea relevante para efectos de la decisión que se adopte, o sin justificación incumpla los requerimientos de información que se le haga o se niegue a comparecer o mediante violencia o amenaza impida o entorpezca el ejercicio de las funciones de la Comisión, Oficina o Sala del Tribunal, será sancionado por ésta con multa no menor de una UIT ni mayor de 50 (cincuenta) UIT, sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda. La multa se duplicará sucesivamente en caso de reincidencia.  

Escrito por

Cristina Luna

Aprendí hablar en fácil la economía. Me encanta ver como las noticias pueden ser aprovechadas en la vida real.


Publicado en

Cuaderno Borrador

Hablemos de economía en fácil.