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NUEVO RÉGIMEN | Si estabas en el régimen 3 al 5 del RUS TIENES que leer esto!

Son 16 mil contribuyentes que deben pasar al Régimen MYPE Tributario

Publicado: 2017-01-19

Los más de 16 mil contribuyentes que al 31 de diciembre del 2016 se encontraban en las categorías 3, 4 y 5 del nuevo RUS que han sido eliminadas deberán optar, a partir del periodo enero 2017, por acogerse a un régimen tributario que se ajuste a la actividad económica que viene realizando actualmente, siendo una de las opciones, el Régimen MYPE Tributario.  

La SUNAT ha iniciado a nivel nacional una campaña de difusión sobre los beneficios y obligaciones propias del nuevo esquema tributario para brindar facilidades a los contribuyentes y hacer más simple el cumplimiento de sus obligaciones.

“La SUNAT, en su condición de Autoridad Tributaria y Aduanera, está trabajando con el fin de lograr un mejor servicio, más justo y moderno, con procesos más simples, que ayuden al cumplimiento de las obligaciones de todos los contribuyentes, a la ampliación de la Base Tributaria y que faciliten el Comercio Exterior seguro. Es nuestra contribución al bienestar y desarrollo del país”, señala la Administración Tributaria en un comunicado.

El nuevo Régimen MYPE Tributario para negocios con ingresos netos que no superan las 1700 UIT, representa un esfuerzo por hacer más simple la forma de tributar al reducir sustantivamente su costo tributario, a la vez que contribuye con la formalización mediante la declaración de sus ingresos y sus gastos. Asimismo, permite un tránsito ordenado y progresivo hacia el Régimen General.  

Algunos de los seis aspectos este Nuevo Régimen, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1269, son los siguientes:

1. Acogimiento a partir del periodo enero 2017 con ocasión de la declaración Jurada Mensual.

2. Pago a cuenta mensual de 1% para aquellos contribuyentes con ingresos hasta 300 UIT.

3. Beneficio de suspensión de pagos a cuenta cuando se haya cubierto el impuesto anual proyectado.

4. Están autorizados a emitir todos los comprobantes de pago y no hay excepciones de actividades para ser parte de este Régimen.

5. Llevado de Libros y Registros de acuerdo a los ingreso obtenidos.

6. Tasa del impuesto del 10% progresiva sobre la Renta Neta Imponible hasta 15 UIT. Sobre el exceso, la tasa del impuesto es 29.5%.


Escrito por

Cristina Luna

Aprendí hablar en fácil la economía. Me encanta ver como las noticias pueden ser aprovechadas en la vida real.


Publicado en

Cuaderno Borrador

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